lunes, 27 de abril de 2015

Motivación y voluntad para alcanzar las metas.


La motivación es el inicio para que el ser humano tenga como objetivo el logro de las metas trazadas, desarrollando acciones importantes para la construcción de un proyecto de vida a través de la perseverancia. Tomando en cuenta de manera muy concreta lo que se quiere en la búsqueda del éxito, enfrentando con coraje y confianza el desafío de las oportunidades para emprender con disciplina y humildad lo desconocido en la perspectiva de las metas. 

Para alcanzar las metas trazadas es imprescindible mantener la fe con el más firme propósito de convencimiento, demostrando la paciencia con la tolerancia, esperando el momento oportuno para una plena satisfacción de nuestros esfuerzos. No obstante, si se nos dificulta obtener el logro, debemos examinar las causas para iniciar así de nuevo con mayor fuerza la meta planificada. 
 
Cada ser humano tiene la posibilidad de merecer el éxito con persistencia de manera organizada en los diferentes ámbitos con decisiones firmes, necesarias para el desarrollo individual, empleando como clave ante los retos la VOLUNTAD, articulando fundamentalmente la humildad, dedicación, constancia, entrega, confianza, esfuerzo, disciplina, paciencia y amor para tener el valor y compromiso de soñar, y vivir los sueños.

domingo, 15 de diciembre de 2013

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


BREVE HISTORIA CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA

Venezuela tiene una historia constitucional muy antigua. Su primera Constitución fue el 21 de diciembre de 1811 representando la Primera Constitución de América Latina y fue promulgada por el Trujillense Doctor Cristóbal Mendoza, quien es el Primer Presidente Constitucional de Venezuela y sancionada por el Congreso Constituyente el 21 de diciembre de 1811, en la ciudad de Caracas y tras esa primera carta magna, se sucedieron veinticuatro textos más desde 1811 hasta 1999 Venezuela ha tenido 26 Constituciones, casi todas fueron dictadas bajo Presidentes de Venezuela militares, “a excepción de tres: la de 1891, con Andueza Palacios; la de 1947, con la Junta Revolucionaria (gobierno de facto) presidida por Betancourt; y la de 1961, bajo el gobierno constitucional de Betancourt”.
La Constitución del 15 de diciembre de 1999, que es la que tiene vigencia actualmente, derogando a la constitución del 23 de enero de 1961. En abril de 1999, el pueblo venezolano fue convocado a un Referéndum Consultivo, el primero en su tipo realizado en Venezuela, con el fin de decidir si el presidente convocaba o no a una Asamblea Constituyente cuyo fin sería, justamente, la elaboración de una nueva  Constitución.Aprobada la convocatoria, se eligieron a los asambleístas y la nueva Constitución se redactó y el texto pasó una serie de revisiones antes de ser sometido a un nuevo referéndum popular, celebrado el 15 de diciembre de 1999, para después ser aprobado por la Asamblea.La Constitución fue promulgada el 20 de diciembre de 1999 y publicada el 30 de diciembre de ese mismo año.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 



La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es la ley suprema de todo el ordenamiento jurídico venezolano y tiene por objeto la organización de la sociedad política, estableciendo la autoridad; es un conjunto de reglas esenciales que sirven de base para sustentar las relaciones armónicas del país. Es la ley magna de la nación que regula su vida y acción, que define el régimen básico de los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, y los poderes e instituciones de la organización política; fomenta el ejercicio democrático, participativo y protagónico a fin de potenciar, garantizar y consolidar los valores de la paz, la igualdad, solidaridad, libertad, el bien común y la convivencia.

PREÁMBULO DE LA CONSTITUCIÓN

Es la parte que se encuentra al comienzo de nuestra Constitución y que nos indica los propósitos, anhelos y motivaciones que tuvo el constituyente venezolano para crear la ley constitucional. El preámbulo de nuestra Constitución menciona el poder originario (el pueblo de Venezuela) invoca la protección de Dios, así como también menciona el ejemplo histórico del Libertador Simón Bolívar, aborígenes, precursores y forjadores de una patria libre y soberana. El fin supremo de refundar la República que consolida los valores, derechos, principios fundamentales, promueve la cooperación pacifica entre las naciones, impulsa y consolida la integración latinoamericana, en garantía universal e indivisible de los derechos humanos.  Constituye la base fundamental que sirve de fundamento a la norma constitucional. Señala los valores sociales, económicos, culturales, políticos y jurídicos que inspiran la acción del Estado. Contiene el conjunto de principios y políticas que los órganos del Estado deben seguir.
PREÁMBULO
(CRBV)

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente
                                                                                   CONSTITUCIÓN    

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CRBV.
 En el Preámbulo y en cada uno de los Títulos se abordan elementos estructurales del funcionamiento de la vida en nuestra sociedad, encontrando en cada apartado aspectos que fueron aportados por los propios ciudadanos en la consulta realizada a través de la Constituyente que dio origen a la vigente Constitución del año 1999. En su forma final, se compone de un preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 títulos, capítulos, disposiciones derogatorias, transitorias y finales.



Título I (artículos 1 al 9).
Está dedicado a los principios fundamentales que rigen la Constitución, tales como la libertad, la justicia, la soberanía del pueblo, entre otros. Incluye también la bandera y el idioma. En el artículo 1 se emplea la denominación República Bolivariana de Venezuela y estipula la irrevocabilidad de la Independencia, aunque en muchos artículos se abrevia usándose sólo la palabra Venezuela.
Título ll (artículos 10 al 18).
Trata de la extensión geográfica del país y la división política. Incluye también la definición de la ciudad de Caracas como capital de la República.
Título III (artículos 19 al 135).
Trata de los derechos y deberes fundamentales de los venezolanos y son: los derechos humanos a los cuales se da un tratamiento amplio; el derecho a la nacionalidad y la ciudadanía; los derechos civiles; los derechos políticos y el referendo popular, institución nueva y que se aplica a nivel nacional, estadal, municipal y parroquial; los derechos sociales y de las familias; derechos culturales y educativos; derechos económicos; derechos de los pueblos indígenas y derechos ambientales, que son conceptos nuevos en la Constitución; y finalmente hay un capítulo dedicado a los deberes de los venezolanos y de todas las personas que habiten el país.
Título IV (artículos 136 al 185).
Está dedicado a los principios que son base del Poder Público; la función pública y los funcionarios que la sirven; contratos de interés público; las relaciones internacionales. Asimismo tratar el Poder Público Nacional, es decir, el poder central, con todas las competencias que le corresponden (art. 156) con un artículo (art. 158), dedicado a la descentralización del poder. Se define y delimita el poder estadal y el poder municipal; y finalmente, este Título crea el Consejo Federal de Gobierno, para atender los asuntos de la transferencia de competencias y fondos de los estados y municipios.
Título V (artículos 186 al 298).
Trata la organización del Poder Público Nacional, incluyendo en primer lugar el Poder Legislativo o Asamblea Nacional y la formación de las leyes. Trata el Poder Ejecutivo con diversos artículos referentes al Presidente incluyendo sus atribuciones; las del Vicepresidente Ejecutivo y de los ministros y del Consejo de Ministros; la Procuraduría General de la República y un alto organismo consultivo de nueva creación, el Consejo de Estado. Sigue el Título con las normas referentes al Poder Judicial, incluyendo el TSJ, y normas de diverso carácter, referentes a ciertos delitos graves y al sistema penitenciario. Establece el Poder Ciudadano, una institución creada en la presente Constitución y formando parte de él, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Por último, se agrega un nuevo poder, el Poder Electoral, personificado en el CNE.
Título VI (artículos 299 al 321).
Está dedicado al sistema socio-económico, con un artículo, el 299, dedicado a los principios en que se basa el régimen socio-económico de la República Bolivariana de Venezuela. Se menciona los artículos referentes a la industria y la agricultura incluyendo la actividad petrolera y el turismo. El régimen fiscal y monetario que incluye el régimen presupuestario, el sistema tributario y el monetario. Cierra este Titulo de la Coordinación Macroeconómica.
Título VII (artículos 322 a 332).                 
Trata de la seguridad de la Nación y de la FAN (actualmente FANB). Termina el Título con un capítulo referente a la Seguridad Ciudadana, concepto que se refiere a la protección de los hogares y las familias, así como las emergencias y desastres que puedan presentarse.
Título VIII (artículos 333 al 339).
Trata de la protección de la Constitución y de las atribuciones de la Sala Constitucional del TSJ para anular cualquier disposición que vaya en contra de aquella (Control Difuso de la Constitucionalidad). Finalmente, incluye la declaración y las medidas a tomar en caso de Estado de Excepción, que incluye los estados de alarma, emergencia y conmoción.
Título IX (artículos 340 al 350)
Se refiere a la reforma de la Constitución, tanto a la enmiendas como a la reforma propiamente dicha. Pero a diferencia de la Constituciones anteriores establece el artículo 347, declarando el derecho del pueblo a convocar una Asamblea Nacional Constituyente (denominado Poder Originario) para renovar totalmente el Estado y redactar una nueva Constitución.

viernes, 1 de noviembre de 2013

Enfoque de evaluación

 
La evaluación permite el proceso cognoscitivo, procedimental y actitudinal del estudiante con la aplicación de los diferentes tipos de evaluación entre ellas: la evaluación diagnóstica, formativa y sumativa para una adecuada valoración del proceso de aprendizaje; empleando el procedimiento idóneo para indicar cómo se obtendrá la información o a través de qué mecanismo con una visión integral; además de hacer referencia de los instrumentos específicos para cada efecto o para cada actividad a evaluar. Las competencias es una combinación de conocimientos, capacidades y actitudes adecuadas al contexto con la aplicación de las diferentes formas de evaluación, las cuales se puede conceptualizar:
  • Evaluación Diagnóstica: Es la evaluación que se realiza al inicio de un proceso educativo. Es decir, permite analizar, distinguir y discernir para reconocer habilidades y conocimientos adquiridos del estudiante.
  • Evaluación Formativa: Se adquiere durante todo el proceso educativo con la  finalidad de realimentar el proceso enseñanza-aprendizaje y mejorarlo, el cual es de carácter orientador.
  • Evaluación Sumativa: Es la evaluación que se realiza al término de un proceso educativo que permite comprobar los resultados alcanzados y valorar el grado de consecución, (cognoscitivo, procedimental y actitudinal) va asociada al momento de evaluación final y por lo general se aplica en la evaluación de productos o procesos terminados.
Los procesos de enseñanza-aprendizaje ameritan diferentes maneras de evaluar, las cuales deben aplicarse adecuadamente por el docente en las practicas pedagógicas utilizando instrumentos de evaluación de los aprendizajes de manera progresiva desde un enfoque cuantitativo y cualitativo:
  •  Enfoque Cualitativo: Es el proceso continuo de interacción y global de valorización de los logros alcanzados.  
  • Enfoque Cuantitativo: Se basa en el paradigma positivista, en donde la calificación es numérica, haciendo factible la emisión de un reporte estadístico. 
Todo ello para obtener resultados que generan un proceso cognoscitivo que garantice la valoración de los aprendizajes como efecto del proceso educativo. Para hacer referencia de algunas técnicas de evaluación dependiendo desde que enfoque se evalua en las diferentes formas evaluativas, las cuales generan un procedimiento para diseñar los instrumentos de evaluación se detalla lo siguiente:

Las estrategias de evaluación facilitan el acceso para la transmisión cognoscitiva en el proceso educativo. Por lo tanto, ¿Bajo qué evaluar? ¿Cómo evaluar? y adecuando éstas estrategias de evaluación en lo cuantitativo y en lo cualitativo con la diversificación de técnicas e instrumentos, nos conlleva a mencionar que la evaluación tiene la finalidad de recolectar información a  través de técnicas e instrumentos evaluativos que permiten al docente el diagnóstico, interpretación y análisis de la información en la evaluación de la enseñanza para valorar los aprendizajes.